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TH
@thamer2024unap
hace 1 año

  1. Los Tratados Internacionales: “son acuerdos entre Estados u organizaciones internacionales, regido por el derecho internacional, con la finalidad de establecer normas de relación o de resolver problemas concretos”. Según Kelsen “toda norma jurídica internacional es creada en virtud de una fuente de derecho y toda fuente jurídica recibe el carácter de tal de una norma internacional anterior”. En este sentido, es preciso distinguir entre el procedimiento de creación de la norma y la norma creada. Según esta concepción, la norma fundamental tiene por función instituir a la costumbre en fuente de derecho internacional. En la costumbre, se debe distinguir el procedimiento de creación de normas y la norma consuetudinaria ya creada; por ejemplo: Las sentencias judiciales o arbitrales encuentran su fundamento de validez en un tratado, que es el que establece el Tribunal Internacional, que fija el procedimiento a seguir y el derecho aplicable. El derecho internacional, según la teoría pura del derecho, aparece como un orden jurídico jerárquicamente estructurado en el que toda norma es creada por un método o fuente de derecho. Según Hart “el derecho internacional no tiene fuentes”


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