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@0190

en línea hace 6 meses
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1.Según Immanuel Kant:

Concepto de Justicia: Conceptualiza a la Justicia vinculado a la moral, y para lo cual el hombre debe satisfacer tres principios vinculados a la libertad, la igualdad y la independencia de cada miembro dentro de la sociedad, de manera que se genere una armonía entre el ciudadano con los demás miembros de la sociedad.

Concepto de Derecho: Considera que el derecho es una ley moral y categórica (ordenamiento racional).

2. Según Hans Kelsen:

Concepto de Justicia: Para Kelsen, va ligado al Derecho Natural “perfecto”, esto es, del intento de deducir de la naturaleza humana un conjunto de reglas de la conducta, satisfactorio desde el punto de vista de su bondad, el cual se encuentra por encima del Derecho positivo creado por el hombre.

Concepto de Derecho: Para este autor, el Derecho, lo conceptualiza dentro del positivismo jurídico, en un sistema de normas. Se trata de una norma jurídica que se deriva de una norma superior.

3. Según Hart:

Concepto de Justicia: Este autor conceptualiza a la Justicia como un elemento que mantiene o restablece un equilibrio o proporción y aplica el precepto: “tratar los casos semejantes de la misma manera y los casos diferentes de diferente manera”.

Concepto de Derecho: Dota al concepto de Derecho con el término “regla”, el mecanismo que se desprende del funcionamiento combinado de las reglas.

4. Según Rawls:

Concepto de Justicia: La conceptualiza como la primera virtud de las instituciones sociales-como la equidad. Los principios de la justicia son el objeto de un acuerdo original.

Concepto de Derecho: Considera que el Derecho, es la libertad fundamental que está protegida por los principios de justicia.

5. Según Habermas:

Concepto de Justicia: Identifica la justicia con la moral, que comprende las normas universales que trascienden aquellas preferencias individuales y grupales que tienen que ver con los valores, por tanto es un concepto abstracto que tiene que ver con la igualdad.

Concepto de Derecho: Lo conceptualiza como una institución democrática, como el derecho moral que se deriva de los principios de la ética del discurso.

6. Según Ronald Dworkin:

Concepto de Justicia: Considera que la Justicia es el más político de los ideales morales y llega a considerar que no existe una enunciación útil del concepto de justicia. Señala que se trata de un derecho natural de todos los hombres y todas las mujeres, a la igualdad de consideración y respeto, en el diseño de las instituciones políticas.

Concepto de Derecho: Lo conceptualiza como una teoría interpretativa del razonamiento judicial.

7. Según Robert Alexy

Concepto de Justicia: Para Alexy, la justicia es concebida como aquel equilibrio entre los derechos individuales y los bienes colectivos.

Concepto de Derecho: Lo conceptualiza como un sistema de normas que consta de tres elementos: la legalidad, la eficacia social y la corrección.

8. Según Michael Sandel:

Concepto de Justicia: Para este autor, la justicia consiste en maximizar la utilidad o el bienestar, la igualdad y la libertad para el bien común.

Concepto de Derecho: Lo concibe como aquel que deriva del bien común.


Atte. Selva Panduro Acosta


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La evolución del Derecho Constitucional se encuentra ligada a las vivencias históricas del constitucionalismo o “momentos constituyentes”, éste último término empleado por los autores Viciano Pastor y Martínez Dalmáu, los cuales corresponden al constitucionalismo desde su origen en el S.XVII, con el desarrollo del pensamiento liberal en defensa de los derechos individuales y la necesidad de limitar el poder político hasta el Estado Social (S.XX), posterior a la segunda Guerra Mundial, con el llamado Neoconstitucionalismo, la cual pretende recuperar la idea de constitución como norma jurídica suprema del Estado y fortalecer su presencia dentro del ordenamiento jurídico. 

Es así, que en mérito a dicha evolución, en América Latina, como consecuencia de las manifestaciones a la búsqueda de cambios en las exigencias de los derechos de los pueblos de la región, surge la corriente conocida como Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano, la cual se encuentra en construcción, e incluye reformas constitucionales que datan de finales del siglo XX. Asimismo, incorporan aspectos como la búsqueda de la identidad entre la voluntad popular y la Constitución, la estructura de poder con integración de participación de manera efectiva del pueblo, en plena democracia y con declaraciones sólidas de derechos.

Atte. Selva Panduro Acosta

respuesta de @francisco81 hace 1 año
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